En algunos edificios hay extintores en cada planta, en otros en plantas alternas e incluso hay comunidades sin extintores. Esto suele deberse a dos cosas: la normativa aplicable en el año de construcción y, a veces, interpretaciones erróneas. La “leyenda urbana” de ponerlos en plantas alternas no es una regla.No, no va “una planta sí y otra no”. Depende de la norma vigente cuando se construyó el edificio.
En algunos edificios hay extintores en cada planta, en otros en plantas alternas e incluso hay comunidades sin extintores. Esto suele deberse a dos cosas: la normativa aplicable en el año de construcción y, a veces, interpretaciones erróneas. La “leyenda urbana” de ponerlos en plantas alternas no es una regla.
¿Qué norma me aplica?
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Edificios de 2017 en adelante (RD 513/2017):
Un extintor por planta o por sector de incendio, accesible desde el origen de evacuación, a ≤ 15 m de recorrido. Altura del equipo: 80–120 cm desde el suelo. -
Norma NBE-CPI-96:
Extintores en número suficiente para que desde cualquier origen de evacuación el recorrido hasta un extintor no supere 15 m. Esta norma fijó la altura de 1,70 m. -
Norma NBE-CPI-91:
Criterio similar al anterior. -
Antes de marzo de 1991:
No se exigían extintores en todas las plantas. Se requerían solo en: cuarto de basuras, contadores, transformadores, grupo de presión, sala de máquinas de aire acondicionado, sala de máquinas de ascensores y locales de almacenamiento de combustibles.
Puntos clave
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Para saber cuántos extintores te corresponden, mirá la norma vigente en el año de construcción del edificio.
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Cuanto más antiguo es el edificio, más riesgo: instalaciones obsoletas y menos medidas de seguridad.
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Además de cumplir, señalizá correctamente y verificá la accesibilidad.
¿Dudas?
Nuestros técnicos pueden decirte la dotación exacta que corresponde a tu comunidad y dejarlo 100% conforme a normativa.
